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¿Tomándose atribuciones ajenas?

Bennelly J. Hernández Ruedas.

A inicios de esta semana, nos enteramos de algo sumamente indignante, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó invalidar la primera parte del “Plan B” de la Reforma Electoral, al declarar que no hubo un proceso constitucional acorde.
Aunque para muchos esta acción pudiera ser algo propio de la actividad de la SCJN, la realidad es que no. Resulta indignante que el Poder Judicial esté incurriendo a usurpar funciones que corresponden, meramente al Poder Legislativo.
Como recordarán en el pasado mes de febrero, esta reforma fue discutida y aprobada por mayoría, tanto en la Cámara de Diputados, como en la Cámara de Senadores. Sin embargo, después de dos meses, los intereses propios de nueve ministros, quedaron por encima de la voluntad del pueblo.
Fue el ministro Alberto Pérez Dayan, quien elaboró el proyecto de sentencia para invalidar en su totalidad las reformas a dos leyes que conforman el Plan B; se trata de la Ley General de Comunicación Social, así como la ley General de Responsabilidades Administrativas.
Llama la atención la exposición de motivos, respecto las inconsistencias que, aseguran, hubo durante el procedimiento legislativo; mencionando la falta de publicidad en la gaceta parlamentaria o, simplemente, que no fue discutida “lo suficiente” en las Cámaras Alta y Baja.
Es irrisoria la postura que toman los ministros, al olvidar, escatimar o buscar limitar las funciones que, como Diputados y Senadores (representantes populares, electos del pueblo) tenemos facultad constitucional para ejercer.
No hay que olvidar el objetivo esencial del Plan B, convertir al Instituto Nacional Electoral (INE) en un organismo mucho más democrático y sobre todo eficiente; al eliminar las funciones repetidas, la Burocracia Dorada (que vemos muchos se siguen negando), parte del servicio electoral profesional con funciones únicamente temporales; para generar un ahorro al pueblo mexicano por más de 3 mil 500 millones de pesos. Estos son parte de los beneficios, a los que nueve ministros decidieron dar un alto.
Recordemos que, a la Suprema Corte lo único que le corresponde es, valorar en términos estrictamente constitucionales, la validez de una ley; o en su defecto, deliberar las controversias constitucionales que pueden surgir. Las leyes y funciones que se emprenden desde las Cámaras, no debe ser tema de discusión en esa instancia de gobierno.
Se han jactado de exponer que esta reforma se discutió al vapor, de una manera acelerada; cuando en administraciones pasadas, como fue la de Enrique Peña Nieto, en una sola noche se aprobó la reforma energética, y la Suprema Corte no se pronunció; se mantuvo callada, al igual que cuando se aprobó el Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa), institución que solo generó una enorme deuda pública y problemas a miles de mexicanos.
Es lamentable que la SCJN está dando la espalda al pueblo de México, siendo nuestro máximo y verdadero poder soberano, a quien servimos y por quien debemos velar; reitero, en un actuar totalmente ilegal. Cómo si nueve personas decidieran el rumbo y destino del país.

Diputada Federal