Skip to main content

Derecho Humano a la salud de las mujeres.

Por: Jenny González Arenas.

Uno de los principios fundamentales de los derechos humanos es la interdependencia, que implica que la afectación a un derecho impactará en el ejercicio de otros derechos, por lo que toda estrategia encaminada a la protección de los derechos debe pensarse de manera integral, de tal forma que se puedan potencializar todos y cada uno de los derechos.

Cuando hablamos del derecho humano a la salud implica, no el mínimo vital, sino el más alto nivel de salud posible; si bien es cierto, todas las personas tenemos derecho a disfrutar de ese nivel más alto de salud posible, también es importante señalar que cada grupo etario tiene particularidades medicas distintas que demandan de atención especializada que atienda características propias de cada sector poblacional.

La salud de las mujeres es el tema que ahora nos ocupa, desde la perspectiva de los derechos humanos, en el marco de la conmemoración del Día Internacional de lucha contra el Cáncer de Mama. El análisis del derecho humano a la salud con un enfoque de género e interseccionalidad.
Las personas pueden ser parte de uno de los grupos considerados como vulnerables o de varios, eso los coloca en una posición en la que pueden ser víctimas de doble o triple discriminación, por lo que se vuelve indispensable el analizar todos los temas de posibles vulneraciones desde la perspectiva interseccional, es decir, tomando en consideraciones todos aquellos factores que colocan a una persona en una situación de vulnerabilidad frente a otras personas o frente al Estado.

Es la interseccionalidad la que obliga al estudio minucioso de todas las posibilidades, puesto que cualquier factor que no se tenga en consideración puede afectar la manera en la que se protegen los derechos humanos de las personas, en este caso, de las mujeres.

La detección oportuna del cáncer de mama es parte del más alto nivel de salud posible al que se tiene derecho como mujeres, los servicios de salud en todos los niveles y en todo el territorio nacional deben tener las condiciones necesarias para que todas y cada una de las mujeres puedan gozar de este derecho humano. La no detección oportuna implica un deterioro en el nivel de salud, pero también en la calidad de vida de las mujeres que, desafortunadamente, padecen esta enfermedad, impacta también en sus relaciones laborales, familiares, personales, todas ellas necesarias para el desarrollo integral de la persona. Como ya se señalaba al principio, el no ejercicio de un derecho como es el máximo nivel de salud posible impacta en el ejercicio de otros derechos como el de la dignidad.

Pensar que la responsabilidad del Estado termina en hacer promoción de la salud o campañas cada octubre es minimizar el ejercicio del derecho humano a la salud de las mujeres.

Las acciones de detección temprana deben ir de la mano de políticas públicas de salud que busquen acabar con las desigualdades en acceso a la atención médica de calidad en etapas iniciales, las estrategias de salud pública deben planearse desde la perspectiva de la interseccionalidad, tomando en consideración factores sociales, económicos, culturales, etarios, entre otros, con la finalidad de que el impacto de estas políticas públicas pueda permear en toda la población.

El enfocar esfuerzos en el ejercicio del derecho a la salud como el más alto nivel de salud posible en la etapa de detección temprana tendrá efectos positivos en el ejercicio de otros derechos humanos.

Secretaria General del SPAUAZ