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Habemus Ministra.
Por: Jenny González Arenas.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el máximo órgano jurisdiccional en el país, esta conformado por 11 Ministros, dos de los cuales son mujeres; el procedimiento para el nombramiento de sus integrantes se encuentra contemplado en la Constitución, en términos generales, el ejecutivo federal envía una terna al senado, los o las integrantes de la terna comparecen ante el senado, quienes procederán a votar por quienes consideran el candidato o candidata idónea para ocupar el cargo de Ministro o Ministra, en candidato ganador debe contar con la aprobación de las dos terceras partes de los senadores presentes.
Ha tocado el turno de escoger a la Ministra que ocupará el espacio que deja vacante la Ministra Margarita Luna Ramos. La terna enviada por el Ejecutivo generó muchas controversias en la opinión pública, porque garantizaba todo, menos idoneidad e independencia de las aspirantes a ocupar el cargo de Ministras.
En una democracia representativa, en donde la división de poderes es indispensable para garantizar la gobernabilidad y el Estado de Derecho, es de vital importancia que la autonomía de dichos poderes este perfectamente delimitada, de tal forma que el sistema de pesos, contrapesos y frenos al ejercicio autoritario del poder sea una realidad tangible y no solo una aspiración.
El hecho de que las personas que fueron integradas a la terna para ocupar el cargo que queda vacante por una mujer sean también mujeres, no es algo que se le deba reconocer al presidente, porque era su obligación respetar al menos los dos espacios en la Corte que ya tienen ganados las mujeres, sin embargo, es cuestionable que haya escogido como aspirantes a tres mujeres que tienen una abierta cercanía con el ejecutivo lo que pone en tela de juicio su independencia al momento de tomar decisiones relevantes que impacten en el ejercicio del poder o en la toma de decisiones.
Finalmente, ha sido Yasmin Esquivel Mossa, quien ha obtenido el número de votos necesarios para ocupar el cargo de Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien alega no conocer por más de 5 minutos al actual presidente y que en su comparecencia reconoce los avances que la Suprema Corte ha tenido en materia de derechos humanos, con la definición de conceptos tan relevantes como el principio pro homine o el control de constitucionalidad y convencionalidad.
Sin embargo, la cercanía de su esposo con el Presidente de la República pone en duda su autonomía o independencia y, aunque una persona no debe ser juzgada o criticada en función de su relación con otra persona, en esta caso su relación matrimonial, también es cierto que si influye y puede generar, en determinado momento un conflicto de intereses.
Pero lo verdaderamente preocupante es su postura ante temas tan importantes como el aborto y la adopción por parejas del mismo sexo o la prisión preventiva, ya que estos temas no son cuestión de legislación local o de regiones, tampoco de evitar pronunciamientos. Es necesario que quienes asuman un cargo de tanta importancia como lo es el cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo hagan con la plena convicción de que no pueden imponer sus criterios personales ni sus posturas éticas o religiosas al resto de la población, que un cargo de esa naturaleza debe tomar en cuenta los principios de derecho y los criterios evolutivos en materia de derechos humanos independientemente de la postura oficial o de la postura de la mayoría, porque ha quedado demostrado que la mayoría no siempre tiene la razón, solo es mayoría.