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PROTECCIÓN DE LAS INFANCIAS

Por: Isadora Santivañez Rios

La creciente problemática de la violencia familiar, particularmente cuando uno de los progenitores comete delitos graves en contra del otro cónyuge o de los hijos, genera un contexto de alta vulnerabilidad para niñas, niños y adolescentes. Estos menores, además de enfrentar la ruptura familiar, se ven expuestos a situaciones traumáticas que impactan directamente en su bienestar físico, emocional y psicológico. Por lo tanto, es fundamental que el Estado desarrolle un marco jurídico robusto que garantice su protección integral en estos casos. Ya que los menores de nuestro Estado en estos momentos se encuentran en indefensión ante esta problemática.
El interés superior del menor, es un principio fundamental en la normativa internacional y nacional. Este principio está consagrado en la *Convención sobre los Derechos del Niño, en los artículos 3 y 19, y en legislaciones nacionales y locales como la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y la Ley de los Derechos de Niñas, Niños Y Adolescentes Del Estado de Zacatecas.
La normativa establece que todas las decisiones y actuaciones que involucren a niñas, niños y adolescentes deben priorizar su interés superior, asegurando su desarrollo integral y su bienestar en todas las esferas de su vida.
Por lo que el esquema de convivencias no puede ser la excepción, ya que involucra de manera directa a los menores y adolescentes, quienes deben ser el foco de las políticas y legislaciones que se generen para abordar estas situaciones y principalmente para darles protección y resguardo.
La presencia de un padre o madre agresor en la vida de los menores genera un ambiente hostil y peligroso para su desarrollo. La violencia no solo afecta de manera directa a los menores que son víctimas, sino que también afecta a aquellos que son testigos de agresiones contra su madre o sus hermanos.
Por lo que es necesario, después de una separación de pareja o vida conyugal, principalmente si esta fue bajo condiciones de violencia, cuidar el bienestar del menor cuando sea momento de compartir y convivir con el tutor o padre violentador, ya que puede estar expuesto a seguir padeciendo este esquema, lo que sigue poniendo en riesgo no solo su estabilidad emocional, también su integridad física e incluso su vida.
La reglamentación actual no está clara y deja muchas aristas sin resolver, por lo que resulta indispensable generar condiciones de protección para las niñas, niños y adolescentes, que establezca primero que nada, la obligatoriedad de quien ostenta la guarda y custodia de convivir con el menor, no puede ser posible que nada obligue de manera directa a tener un acercamiento con los menores, que en este caso son sus hijos, fomentando así el abandono paterno o materno, a la par de que fomenta la llamada paternidad intermitente, la cual consiste en tener cuidados y visitas de convivencia solo por temporalidad o momentos específicos, abandonando a los menores la mayor parte del tiempo y conviviendo con ellos solo por algunos mínimos momentos. Lo que genera en el menor una inestabilidad emocional, al no tener certeza ni constancia de dichas convivencias.
La falta de reglamentación provoca muchas lagunas dentro del sistema de convivencias, que generalmente va en contra del desarrollo integral del menor, ya que no le da solvencia, constancia, protección, resguardo y mucho menos sistematización, por lo que es necesario que se comience a abordar este tipo de temas en la agenda pública, ya que lo que estaríamos protegiendo en mayor medida, es a nuestras infancias, el Estado, no puede tener vacíos en el cuidado de los menores, el Estado no puede dejar en indefensión a quienes más lo necesita, el Estado no puede ni debe seguir abandonando a nuestras niñas, niños y adolescentes.

Diputada Local