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Financiamiento Público a Partidos Políticos

Osiris Santoyo
Los partidos políticos, como entidades de interés púbico y de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Constitución Política, así como 23 numeral 1, inciso d) de la Ley General de Paridos, tienen entre otros derechos, el de acceder a las prerrogativas y recibir financiamiento público.
Dicho financiamiento se fijará anualmente y se obtendrá de la multiplicación del número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el 75% del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. El 30% de la cantidad que resulte se distribuirá de manera equitativa a los partidos políticos con acreditación y el 70% restante de acuerdo al porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.
El derecho a acceder a las prerrogativas y recibir financiamiento público será exclusivamente a través de sus dirigencias estatales conforme a las reglas establecidas por la ley a aquellos partidos que hayan logrado el porcentaje para conservar su registro o hayan obtenido la acreditación del mismo. Será utilizado para el sostenimiento y desarrollo ordinario de sus actividades permanentes y para actividades específicas de educación, capacitación política, equidad entre los géneros, investigación socioeconómica y política, así como tareas editoriales.
Para el presente ejercicio 2022, la Legislatura del Estado previo anteproyecto aprobado por el Consejo General del IEEZ, determinó que el monto total a recibir para los partidos políticos acreditados en Zacatecas fuera por la cantidad de 75 millones, 710 diez mil pesos de moneda nacional. Monto que con posterioridad fue distribuido y calendarizado por la autoridad administrativa electoral, debiendo otorgar el 50% en el mes de enero y el 50% restante en doce ministraciones mensuales.
Es importante aclarar la idea errónea que prevalece entre la ciudadanía, respecto a que entre más partidos políticos existan, mayor será el gasto público a distribuir, ello no es así, la cantidad será fija y se deberá distribuir entre los partidos políticos acreditados, por ejemplo, posterior a la distribución de los 75 millones autorizados por la Soberanía Popular, el Partido Encuentro Solidario Zacatecas obtuvo su registro local, por lo que el Consejo General del IEEZ acordó la redistribución del financiamiento público con la finalidad de dotar de los recursos necesarios a dicho partido político, teniendo como consecuencia, que el resto de los partidos obtuvieran una cantidad menor a la inicialmente determinada.
Cabe destacar también, que los partidos políticos están obligados a rendir informes mensuales respecto a la aplicación de los recursos recibidos y será Instituto Nacional Electoral a través de la Unidad Técnica de Fiscalización, el órgano facultado para recibirlos y revisarlos, así como para aplicar las sanciones a que en su caso se hagan acreedores por la falta de aplicación de las reglas correspondientes.