¿Rebasada la Ley antilavado en México?
Por: Claudia Anaya Mota
Hace 10 años en el Congreso de la Unión, aprobamos la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia ilícita (LFPIORPI) que contempló la creación de una Unidad Especializada en Análisis Financiero en Contra de la Delincuencia Organizada. Esta ley que se consideró de avanzada, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre de 2012 y entró en vigor 9 meses después de su publicación.
Se determinó que dicha Unidad, sería estaría conformada por especialistas financieros para identificar movimientos de flujo monetario anómalos y que dependería de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por lo que en el artículo 15 de su Reglamento Interior, se enmarcaron sus principales tareas que consisten en implementar y dar seguimiento a mecanismos de prevención y detección de actos, omisiones y operaciones, que pudieran favorecer o ayudar de cualquier manera para la comisión de los siguientes delitos previstos en el Código Penal Federal (CPF) relativas a Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Artículo 400 Bis del CPF) o bien, de Financiamiento al Terrorismo (Artículo 139 Quáter del CPF).
Se brindaron también facultades al Servicio de Administracio´n Tributaria (SAT) y especi´ficamente a la Administracio´n General de Auditori´a Fiscal Federal (AGAFF), para realizar visitas de supervisio´n a sujetos obligados que realizan actividades vulnerables, como son: juegos con apuestas, concursos o sorteos; emisio´n o comercializacio´n de tarjetas de servicios, cre´dito o prepago; garanti´a, pre´stamo o cre´dito; construccio´n o desarrollo de bienes inmuebles; comercializacio´n de joyas, metales y piedras preciosas; comercializacio´n o subasta de obras de arte; comercializacio´n o distribucio´n de vehi´culos nuevos o usados ya sean ae´reos, mari´timos o terrestres; prestacio´n de servicios de blindaje de vehi´culos; prestacio´n de servicios de traslado o custodia de dinero o valores; prestacio´n de servicios profesionales para la compraventa de bienes inmuebles, administracio´n y manejo de recursos o cuentas bancarias, así como prestacio´n de servicios de fe pu´blica (Notarios o corredores pu´blicos).
Todas estas facultades, se aprobaron hace una década pensando que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) sería nuestro gran instrumento contra la delincuencia organizada para evitar la guerra de guerrillas que ya se veía venir en aquel entonces, porque éramos testigos de incidentes muy fuertes y preocupantes de violencia y pensamos que, atacando las estructuras financieras, íbamos a poder debilitar sus avances en territorio nacional.
Hoy nos estamos dando cuenta que, derivado de lo que estamos viviendo en Zacatecas este fin de semana pasado y días anteriores, con el deleznable asesinato del General José Silvestre Urzúa, Coordinador de la Guardia Nacional en Zacatecas, con el ataque mortal al Juez de Control Roberto Elías Martínez (que merece un tratamiento especial), nuestras carreteras bloqueadas e incendiadas y los constantes intentos de fuga de reos de alta peligrosidad del Penal de Cieneguillas, es evidente que la Ley no está funcionando como pensábamos o bien, que la UIF está más dedicada a temas político – electorales que al real combate a la delincuencia organizada.
Lo anterior, llama la atención porque el titular de dicha unidad hoy día, es Pablo Gómez, quien hace 10 años participó activamente como Senador de la República en el diseño de la institución y durante el debate donde se alcanzó su aprobación, reconoció que “el lavado de dinero es gigantesco y a las organizaciones delincuenciales más organizadas no se les combate solamente a balazos, sino básicamente atacando los recursos que son producto de las actividades ilícitas”…Parece que a estas fechas, ya se olvidó de su función esencial.
*Senadora de la República.



