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Siguen haciendo “historia”…Ahora, con una histórica deuda pública

Por: Claudia Anaya Mota

Esta semana, correspondió al Senado de la República atender su responsabilidad constitucional de analizar y aprobar la Ley de Ingresos, una vez que la co-legisladora, es decir, la Cámara de Diputados, ya hizo lo propio.

La Ley de Ingresos es una norma de carácter federal, que contiene los cálculos y los rubros mediante los cuales el Poder Ejecutivo, prevé reunir los recursos que le son necesarios para financiar sus distintos proyectos en diversos sectores, así como para poder financiar programas e infraestructura pública que se pondrán en marcha el siguiente año fiscal y entra en vigor a partir del 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año.

Esta norma es de suma relevancia, ya que permite planear, ejecutar, controlar y evaluar el grado de eficiencia de una administración gubernamental a partir de cómo gasta el dinero público que ingresa a partir de dos vías: i) Los ingresos ordinarios, que como su nombre lo dice, son aquellos recursos que el gobierno obtiene de manera regular como: pago de impuestos; pago de derechos; venta de bienes públicos y servicios que brindan las empresas paraestatales y ii) Los ingresos extraordinarios, que son los recursos que se obtienen no de manera regular derivado de la enajenación de algún bien nacional, contratación de créditos o bien, por la emisión de moneda por parte del Banco de México.

De acuerdo a la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley de Ingresos debe cumplir con determinados requisitos para poder ser aprobada como: los motivos del Poder Ejecutivo que justifican la estimación de los ingresos, los gastos de operación de la banca de desarrollo, los ingresos provenientes de la venta de petróleo, la evaluación de la deuda pública, el saldo y composición de la deuda pública y el impacto sobre la misma del techo de endeudamiento solicitado, entre otros.

Ahora bien, quiero referirme exclusivamente a la deuda pública que el gobierno de la Cuarta Transformación solicitó al Congreso de la Unión aprobar. La deuda pública solicitada, llega a niveles exorbitantes para alcanzar la histórica suma de 1.9 billones de pesos y justifican su monto en la necesidad de terminar sus obras prioritarias, como el Tren Maya o la Refinería de Dos Bocas y es justo aquí, donde percibo visos de inconstitucionalidad.

El artículo 73 fracción VIII, establece que el Gobierno Federal puede contratar empréstitos o deuda, únicamente para “ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos” y plantea con mucha claridad tres excepciones: regulación monetaria, operaciones de reconversión y en caso de emergencia, cuando esta sea declarada por el Presidente de la República.

Lo cierto es que, endeudar al país, endeudarnos a todos, para terminar las obras faraónicas que hasta hoy, no han dejado un solo peso en beneficio de las arcas de la nación y muy por el contrario, han significado mayores gastos debido a que han salido mucho más caras de lo que en un inicio se proyectó, no se justifica bajo ningún precepto constitucional.
Por lo anterior y en respeto a nuestro orden constitucional, estaré impulsando junto a otros legisladores que comparten mi visión, una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para corregir la mala administración de este gobierno porque con esta petición elevadísisma de deuda, queda comprobado que han sido irresponsables, han gastado más de lo que ingresa a las arcas públicas, no les alcanza (a pesar de sus supuestos ahorros), han sido irresponsables y populistas, porque aún conociendo los riesgos y su implicaciones a futuro, evitaron a toda costa una reforma fiscal, tan necesaria para darle viabilidad al país.

*Secretaria de la Mesa Directiva del Senado de la República