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Beatriz Rosas Murillo

Juzgado Comunitario

La ley de justicia Comunitario del Estado de Zacatecas, aprobada en el Estado de Zacatecas, regula las funciones de los Juzgados Comunitarios, Señala que, en cada municipio o congregación, funcionara por lo menos un juzgado Comunitario, competente para conocer y sancionar infracciones a los bandos de policía de y buen gobierno, cometidas dentro del respectivo territorio, Municipio o congregación. En el Artículo 8° señala las competencias de los jueces municipales, Instaurar el procedimiento administrativo y aplicar las sanciones en su caso las sanciones correspondientes , Intervenir como conciliador cuando las partes así lo convengan y este conflicto entre las leyes cuando estas expresen su libre voluntad de someterse a la atribuciones de un juez comunitarios o en su caso a otros órganos jurisdiccionales en relacion a las materias de pensione de alimentos, suscripción de convenios en asuntos de derecho familiar y negocios de carácter civil, mercantil, cuya suerte principal no excede, de trescientas cuotas , los jueces comunitarios contaran, con un secretario y con el personal administrativos necesario para el despacho de sus funciones. La designación de los jueces comunitarios, así como su remoción corresponde al ayuntamiento será mediante una terna, acompañado de la propuesta y los documentos que acrediten la legalidad de los candidatos. El secretario del Juzgado Comunitario tiene como funciones. Autoriza con su firma y sello del juzgado en suplencia o ausencia del juez comunitarios, expide las constancias, recibe el importe de multas que se impongan, retener, custodiar y devolver los objetos y valores de los presuntos infractores, o que sean motivo de la controversia, Llevar el control de la correspondencia, archivos, citatorios, ordenes de presentación y suplir la ausencia del Juez. Los requisitos para ser Juez Comunitario son, Ser ciudadano Zacatecano, en pleno ejercicio de sus funciones y derechos, mayor de 25 años, poseer título de Licenciado en Derecho, no haber sido condenado a sentencia ejecutoriada por delito intencional. Los requisitos para ser secretario del de juzgado comunitario, ser ciudadano zacatecano en pleno ejercicio de sus funciones y derechos, certificado de educación secundaria o su equivalente, ser mayor de 18 años, no haber sido condenado en sentencia ejecutoriada o delito intencional