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¿A dónde van los desaparecidos?
Una reflexión sobre la desaparición forzada y la deuda del Estado
Eva María López Valerio
La pregunta parece sencilla, pero encierra una de las tragedias más profundas de nuestro tiempo: ¿a dónde van los desaparecidos? No es solo una interrogante geográfica o material, sino una herida abierta que cuestiona la capacidad del Estado, la vigencia de los derechos humanos y el valor mismo de la vida en contextos de violencia estructural.
La desaparición forzada no es un delito cualquiera. De acuerdo con la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, se configura cuando agentes del Estado —o personas que actúan con su autorización, apoyo o aquiescencia— privan de la libertad a una persona y se niegan a reconocer dicha privación o a revelar su paradero (ONU, 2006). Es, por tanto, una práctica que no solo elimina físicamente a la persona, sino que la borra jurídicamente, colocándola en un limbo donde no hay cuerpo, ni verdad, ni justicia.
En México, esta realidad se ha vuelto cotidiana. El Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas supera las cien mil personas, evidenciando una crisis humanitaria que no puede explicarse únicamente por la acción del crimen organizado, sino también por omisiones, negligencias y, en algunos casos, complicidades institucionales (CNB, 2024). En este contexto, la pregunta inicial adquiere un matiz más crudo: los desaparecidos no “van” a ningún lugar por voluntad propia; son arrancados de su vida, de su identidad y de su historia.
Pero los desaparecidos tampoco se disuelven en la nada. Permanecen en la memoria de sus familias, en las fosas clandestinas que el Estado no ha buscado con la debida diligencia, en los expedientes inconclusos y en las calles donde madres, padres y colectivos de búsqueda exigen respuestas. Como señala el Comité contra la Desaparición Forzada, la desaparición es un delito continuo que persiste mientras no se esclarezca el destino o paradero de la víctima (CED, 2019). Es decir, la ausencia se convierte en presencia constante.
La pregunta también revela una dimensión ética: ¿qué sociedad permite que sus desaparecidos no tengan un lugar? La normalización de la violencia y la indiferencia social contribuyen a profundizar la crisis. Cuando la desaparición deja de escandalizar, se convierte en una cifra más, en un dato que se acumula sin generar cambios estructurales.
Frente a ello, el derecho internacional de los derechos humanos establece obligaciones claras: prevenir, investigar, sancionar y reparar. No basta con reconocer la magnitud del problema; es necesario garantizar búsquedas efectivas, identificación forense, acceso a la verdad y justicia para las víctimas y sus familias. La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas en México representa un avance normativo, pero su implementación sigue enfrentando obstáculos significativos, como la falta de recursos, coordinación institucional y voluntad política.
Entonces, ¿a dónde van los desaparecidos? Van a la memoria colectiva que se niega a olvidarlos. Van a las exigencias de justicia que resisten el paso del tiempo. Van a la conciencia de un país que aún tiene la oportunidad —y la obligación— de encontrarlos. Porque mientras no se sepa dónde están, no se puede hablar de cierre, ni de paz, ni de justicia.
La verdadera respuesta, quizá, no está en el destino de quienes desaparecen, sino en la responsabilidad de quienes deben encontrarlos.