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Derecho humano a la lactancia materna.
Por: Jenny González Arenas
Los derechos humanos, acorde a la Constitución Mexicana en su artículo 1º se rigen por los principios de Universalidad, Progresividad, Interdependencia e Indivisibilidad, además, todas las autoridades en el ámbito de su competencia deberán promover, proteger, respetar y garantizar los derechos humanos de todas las personas.
La lactancia materna es un derecho humano que, al igual que el resto de los derechos humanos, se encuentra vinculado con el pleno ejercicio de otros derechos y cuya afectación, además de afectar a otros derechos humanos, involucra la afectación de dos sujetos titulares de derechos.
Es importante identificar, en primer lugar, los sujetos titulares de este derecho y, en segundo lugar, la afectación a otros derechos que trae consigo el no poder ejercer de manera adecuada el derecho humano a la lactancia materna.
Los sujetos titulares del derecho que hoy comentamos son: la madre y el lactante. Los derechos que se encuentran íntimamente relacionados con este derecho son: la salud, la alimentación, la vida, el desarrollo, entre otros.
Hace algunos años los hospitales comenzaban a implementar políticas públicas en las que no se permitía el uso del biberón en los hospitales, de manera tal que se incentivara la lactancia materna, por todos los beneficios en la salud tanto de la madre como del bebé, sin embargo, la realidad en México refleja que solo uno de cada siete menores de seis meses reciben leche materna de forma exclusiva. Lo que nos coloca, como país, por debajo de la media mundial que se ubica en 1 de cada 3.
En algunas ocasiones se han presentado debates discriminatorios sobre la lactancia materna en lugares públicos, inclusive algunas personas han realizado comentarios despectivos al ver a una madre amamantando a su hijo o hija en un lugar público como restaurantes, parques, en las escuelas o en sitios de trabajo; a lo anterior podemos agregar las complicaciones laborales que enfrentan las mujeres a pesar de que la ley contemple periodos de lactancia, durante la jornada de trabajo que permitirían a la madre abandonar su puesto de trabajo de manera temporal para alimentar a su bebé.
Por otro lado, encontramos las grandes cadenas de productos alimenticios, en particular aquellas que elaboran, distribuyen y comercializan sucedáneos de leche materna, que bajo propaganda engañosa o convenios con personal de salud, logran persuadir a la madre de que alimente a su pequeño hijo con un sustituto en lugar de hacerlo con leche materna.
Estudios recientes demuestran lo beneficio que resulta para la salud, a corto, mediano y largo plazo, tanto para la madre como para el lactante y niño pequeño, la lactancia materna, disminuye riesgos de salud, previene enfermedades, desarrolla un vinculo emocional mas confiable entre madres e hijos, es más nutritiva, entre otros muchos factores favorables, así como también se han realizado estudios que ponen al descubierto los riesgos que representa para la salud y desarrollo del niño el ser alimentado con sustitutos de leche materna en las primeras etapas de su vida.
Bajo ese tenor, la ONU ha declarado la lactancia materna como un derecho humano de la madre y del bebé, de tal forma que obliga a los Estados a implementar políticas públicas que no solo la fomenten, también para que informen de manera adecuada y oportuna a las madres sobre los riesgos que puede traer consigo el uso de sustitutos, así como el fomentar en todos los espacios públicos, empleos y centros educativos el respeto a las madres que amamantan a sus hijos, a través de la educación y de la información adecuada.

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