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LA DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO
Por: Arturo Nahle G.
Hay temas en los que difícilmente puede haber consenso, al contrario, son temas que dividen a la sociedad: la pena de muerte, la tauromaquia, más recientemente los matrimonios entre personas del mismo sexo y su derecho a adoptar y, por supuesto, el aborto. En estos temas chocan credos religiosos, credos políticos, derechos humanos, intereses y visiones de todo tipo.

Pues en Zacatecas no acabamos de resolver el tema de los matrimonios igualitarios cuando ya estamos inmersos en otro tema que va a polarizar aún más, la legalización o despenalización del aborto.

El aborto está tipificado como uno más de los delitos contra la vida (igual que el homicidio, la instigación o ayuda al suicidio, el parricidio, el infanticidio o el feminicidio). Nuestro Código Penal lo define como “la muerte” del producto de la concepción “en cualquier momento” de la preñez; si una mujer queda preñada hoy en la noche y mañana temprano se provoca un aborto, comete un delito penado hasta con dos años de prisión.

Ahora bien, si la abortante tiene buena fama, ocultó su embarazo, es fruto de una unión ilegítima y lo hace dentro de los primeros cinco meses del embarazo, la pena se reduce a la mitad.

Las personas que ayudan a abortar también se van a la cárcel hasta dos años, y si a eso se dedican la pena se incrementa hasta 4 años; si el aborto se practica sin el consentimiento de la mujer la pena aumenta a 6 años, y si lo hacen con violencia física o moral 8 años. Ah! y a los médicos además se le suspenderá hasta 5 años en el ejercicio de la profesión.

Los abortos que no se castigan en Zacatecas son los abortos culposos (no intencionales), cuando el embarazo es producto de una violación, o cuando está en peligro la vida de la madre. En algunos Estados también está permitido el aborto cuando el feto viene con alguna malformación congénita, aquí no.

El gran debate inició en abril del 2007 cuando la ALDF reformó el Código Penal de la Capital y despenalizaron el aborto cuando se haga dentro de las primeras doce semanas de la gestación. Si se hace después de la semana 12 la pena máxima la dejaron en 6 meses de prisión.

Contra esta histórica reforma tanto la Comisión Nacional de los Derechos Humanos como la PGR interpusieron ante la Corte sendas Acciones de Inconstitucionalidad, las perdieron.

Pues 12 años después (la semana pasada) hizo lo mismo el Congreso de Oaxaca y todo indica que la ola muy pronto llegará al resto del país.

¿Qué vamos a discutir? ¿El derecho a la vida? ¿Y en qué momento empieza la vida? ¿Un feto tiene vida o simplemente es una vida potencial? ¿También vamos a penalizar al que atente contra una célula por el hecho de ser vida? ¿Qué los derechos de un ciudadano no inician a partir del nacimiento?

¿Qué razones técnico científicas hay para despenalizar el aborto durante las primeras 12 semanas de gestación?

¿Vamos a discutir los derechos sexuales y reproductivos de la mujer? ¿La libertad sobre su cuerpo y su derecho a decidir sobre una maternidad no deseada? ¿El cuerpo en gestación es parte de la madre o le es ajeno? ¿Los papás deben intervenir en la decisión de abortar?

No faltará quien esgrima que no es un asunto de conciencia sino de salud pública, qué despenalizar el aborto evita abortos clandestinos sumamente riesgosos.

Obviamente no habrá unanimidad, otra vez brincará el Obispo y los sectores más conservadores, pero en lo que todos debemos coincidir es que las mujeres no abortan por deporte, ni por maldad o delincuencia, lo hacen por desesperación. A diario se practican infinidad de abortos y nadie denuncia, hay tolerancia total de la sociedad respecto a esta conducta.

Pues ojalá que el debate también resucite temas como el de la planificación familiar, la educación sexual, los métodos anticonceptivos y la paternidad responsable.