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EL ASILO A EVO MORALES
Por: Arturo Nahle G.

Bolivia tiene un poco más de un millón de kilómetros cuadrados (la mitad de México) y 11.3 millones de habitantes (el 37% indígena). En 1825 declaró su independencia y desde entonces ha tenido revoluciones, guerras civiles e invasiones de Brasil y Perú; con Chile tuvo conflictos territoriales que lo dejaron sin litoral; Argentina y Paraguay también le arrebataron parte de su territorio.

Después de varios gobiernos militares, en los cincuentas estalló la Revolución y llegó al poder Hernán Siles Zuazo y Víctor Paz Estenssoro; en 12 años nacionalizaron las minas, repartieron la tierra, se instituyó el voto universal y se emprendió la reforma educativa. En 1964 volvieron los militares, se quedaron 18 años hasta que en 1982 retomaron el poder Siles Zuazo y Paz Estenssoro, desde entonces ha habido elecciones democráticas y alternancia.

En el 2006 llegó al poder el indígena socialista Evo Morales, se reeligió en el 2010 y nuevamente en el 2014. Durante sus 14 años de gobierno Bolivia se convirtió en uno de los países con mayor crecimiento económico de Sudamérica y la pobreza extrema se redujo del 36 al 16%.

En un referéndum celebrado el 21 de febrero del 2016 los bolivianos rechazaron una cuarta reelección de Evo, sin embargo reformó la Constitución, manipuló al Tribunal Electoral y el pasado 20 de octubre se reeligió en unos comicios plagados de irregularidades y observados por la OEA.

Este domingo las protestas populares a las que se sumaron las Fuerzas Armadas lo hicieron renunciar y ayer llegó a México en medio de una gran polémica.

¿Con que calidad llega Evo Morales a nuestro país? ¿Cómo Refugiado o como Asilado Político?

La Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político publicada por Felipe Calderón en el 2011 establece que la condición de Refugiado se reconocerá a todo extranjero que se encuentre en México por fundados temores de ser perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, género, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas.
También cuando haya huido porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por violencia generalizada, agresión extranjera, conflictos internos, violación masiva de derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público.
Los Refugiados deben recibir las mayores facilidades para el acceso a los derechos consagrados en nuestra Constitución y los Tratados Internacionales como el apoyo de las instituciones públicas, recibir servicios de salud y educación, ejercer el derecho al trabajo, solicitar la reunificación familiar y obtener el documento migratorio que acredite su condición de residente permanente.
En cambio, puede solicitar Asilo Político todo extranjero que encuentre en peligro su vida, su libertad o seguridad por ideas o actividades políticas directamente relacionadas con su perfil público, y carezca de la protección de su país.
La Secretaría de Relaciones Exteriores puede hacer extensivo el asilo político al cónyuge, concubina, hijos y dependientes económicos; pero también puede retirar el asilo cuando se acredite que el asilado ocultó o falseó la información proporcionada, por realizar aquí actos que constituyan un riesgo para la seguridad nacional, cuando existan razones fundadas para considerar que cometió delitos contra la paz, genocidio, crímenes de guerra o lesa humanidad, terrorismo, o desaparezcan las circunstancias que motivaron el asilo.
Tampoco debemos olvidar que de conformidad con el artículo 33 Constitucional y la Ley de Migración el Presidente puede deportar a los extranjeros cuya permanencia juzgue inconveniente. La deportación no debe confundirse con la Extradición, esta consiste en entregar a personas contra quienes en otro país se haya incoado un proceso penal o sean reclamados para la ejecución de una sentencia.
En ningún caso se concederá la extradición de personas que puedan ser objeto de persecución política o si el delito es del fuero militar; tampoco cuando haya razones fundadas para creer que estará en peligro de ser sometida a tortura o desaparición forzada.
Como se observa, Evo tiene todo el derecho de ser recibido en México como Refugiado o Asilado Político, lo que prefiera; no hay ninguna razón para negárselo, tampoco para ser deportado y mucho menos extraditado.