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LA LEGALIZACIÓN DE LA MARIHUANA

Por: Arturo Nahle García

La semana pasada los Senadores aprobaron la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, o sea de la Marihuana. Muchos creen que sólo se aprobó incrementar de 5 a 28 gramos la cantidad de marihuana que una persona puede portar para su autoconsumo, no, ésta ley va mucho más allá.

Se va a crear un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud denominado Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis que tendrá a su cargo el control de la producción, transformación, empaque, etiquetado, almacenaje, transportación, comercialización, importación y exportación, posesión, consumo, investigación y aprovechamiento de esta planta.

Se dice que el propósito tanto de la ley como del Instituto es atender el consumo problemático de la marihuana con un enfoque de salud pública; reforzar las políticas de prevención, atención, tratamiento, recuperación, rehabilitación y reinserción social. Que es para fomentar la paz y la seguridad de la sociedad disminuyendo el mercado ilegal del cannabis y del crimen organizado; asimismo que es para disminuir la pobreza, la corrupción y la violencia; para fomentar el trabajo decente, la agricultura y el desarrollo sostenible; para mejorar la nutrición y hasta combatir el cambio climático. ¿Que tal?

El consumo se permitirá solo a mayores de edad, nunca frente a menores o a adultos que no hayan dado su consentimiento, se prohibirá el consumo en áreas de trabajo, los cannabinoides sintéticos, manejar bajo sus efectos, obsequiarla, venderla a través de internet o publicitarla por cualquier medio.

El Instituto podrá validar laboratorios, otorgar hasta 3 licencias no transferibles a personas físicas o morales para establecimientos donde se venda la droga, en cada casa se podrán tener 4 plantas por cada adulto que ahí habite, las comunidades indígenas tendrán preferencia para licencias de cultivo (cada una de ellas por una hectárea), se autorizarán asociaciones de consumo pero éstas se reunirán a consumirla lejos de escuelas o espacios deportivos, ah y sin mezclarla con bebidas alcohólicas, deberán tener un código de ética y solo se podrá pertenecer a una asociación.

Si una persona es detenida con más de 28 gramos pero menos de 200, sólo se le impondrá multa; más de 200 gramos será narcomenudeo y se sancionará de uno a 3 años de prisión; pero arriba de 28 kilos ya será delito contra la salud con penas de 5 a 10 años de cárcel.

La polémica ley es un verdadero parteaguas, de un modelo prohibicionista impuesto por viejos Tratados Internacionales pasaremos a un modelo regulador no por ocurrencia de la 4T, sino porque desde febrero del 2019 la Corte determinó que prohibir el consumo lúdico o recreativo de la marihuana viola el derecho humano al libre desarrollo de la personalidad. Ojalá funcione!