Skip to main content

EL USO DE LA FUERZA
Por: Arturo Nahle García
El 26 de febrero del 2012 el joven afroamericano Trayvon Martin fue asesinado a tiros en Florida por un vigilante vecinal blanco. El 17 de julio del 2014 un policía blanco estranguló en Nueva York al afroamericano Eric Garner por vender cigarrillos piratas. Y el 9 de agosto de ese año pasó lo mismo en Misuri con el joven Michael Brown. Y el 4 de abril del 2015 en Carolina del Sur otro policía blanco asesinó al negro Walter Scott por traer rota la calavera de su coche. Y el 12 de abril del 2015 en Baltimore le ocurrió lo mismo Freddie Gray. Y el 13 de julio de ese año a Sandra Bland en Texas. Y en julio del 2016 a Philando Castile en Minnesota. Y en septiembre del 2018 a Botham Jean en Dallas. Y en octubre del 2019 a Atatiana Jefferson en Forth Worth. Y en febrero del 2020 a Ahmahud Arbery en Georgia. Y en marzo de ese mismo año a Breonna Taylor en Kentucky.
Y como olvidar al policía de Minneapolis que el 26 de mayo con su rodilla apretó el cuello de George Floyd hasta que le causó la muerte.
Pues hace dos semanas cuatro policías de Tulum hicieron lo mismo con la salvadoreña Victoria Salazar. Y en Zacatecas no se olvida al estudiante asfixiado por un Ministerial en la Facultad de Derecho de la UAZ hace dos años. La verdad es que también en México muy seguido vemos excesos policiacos.
Cuándo la policía detiene a alguien ¿Qué debe y que no debe hacer? ¿Puede o no utilizar el armamento oficial para el desempeño de sus funciones?
La nueva Ley Nacional Sobre el Uso de la Fuerza establece como principio la Absoluta Necesidad, o sea que primero hay que agotar otros medios para lograr el desistimiento del agresor; establece también que los operativos deben ser planificados y minimizar el uso de la fuerza, usarla solo cuando sea inevitable y reduciendo al mínimo los daños que puedan resultar.
El nivel de fuerza utilizado debe ser proporcional, acorde con el nivel de riesgo y de resistencia del agresor. También debe hacerse con pleno respeto a los derechos humanos.
El uso de la fuerza debe ser gradual: primero es la Persuasión, esta consiste en usar indicaciones verbales o la simple presencia de la autoridad para lograr la cooperación del agresor. Luego sigue la Restricción de Desplazamiento, o sea determinar un perímetro para controlar la agresión. Sigue la Sujeción, o sea utilizar la fuerza física con moderación para lograr el control o aseguramiento del agresor. Posteriormente la Inmovilización, que es utilizar la fuerza física con intensidad, pudiendo emplear equipos para restringir la movilidad y lograr el aseguramiento. Le sigue la Incapacitación, que es utilizar la fuerza física con máxima intensidad, empleando armas menos letales como sustancias químicas irritantes para neutralizar la resistencia y la violencia.
Le sigue la Lesión Grave, que es ya utilizar armas de fuego para neutralizar a los agresores y proteger la integridad de la autoridad o de terceros con la posibilidad de dañar al agresor; y finalmente la Muerte, esta debe ser una acción excepcional, cuando hay una amenaza letal inminente y ya no hay otra opción para proteger la vida de las personas o la propia.
La Ley también regula la actuación de las Policías en Manifestaciones y Reuniones Públicas.
En la medida que nuestros policías conozcan esta ley y se les capacite, en esa misma medida disminuirán sus excesos.