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LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA

Por: Arturo Nahle García*

Quien comete el delito de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, mejor conocido como Lavado de Dinero, se le castiga de 5 a 15 años de prisión. La pena se incrementa si el infractor es funcionario bancario o servidor público.

El Lavado de Dinero consiste en adquirir, enajenar, administrar, custodiar, poseer, cambiar, depositar, retirar, dar, recibir, invertir, transportar o transferir dentro del territorio nacional, o de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando se tenga conocimiento que proceden de una actividad ilícita.

También es Lavado de Dinero ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando se tenga conocimiento que proceden de una actividad ilícita.

Se entiende que son producto de una actividad ilícita, los recursos, derechos o bienes de cualquier tipo, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente, o representan las ganancias por la comisión de algún delito y no pueda acreditarse su legítima procedencia.

Cuando para cometer este delito se utilice a las instituciones del sistema financiero, se requerirá la denuncia previa de la Secretaría de Hacienda para proceder penalmente.

Pues para coadyuvar en la prevención y combate de éste delito, en mayo del 2004 el Presidente Vicente Fox creó, dentro de la Secretaría de Hacienda, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

Las instituciones del sistema financiero deben presentar a la UIF reportes de actos, operaciones y servicios que realicen sus clientes, usuarios, directivos y empleados, que pudieran ser Lavado de Dinero.

También la UIF emite los criterios que deben observar las instituciones financieras para el adecuado conocimiento de sus clientes y usuarios; la información y documentos que deben recabar para la apertura de cuentas o celebración de contratos, operaciones y otros servicios.

Asimismo recibe y analiza los reportes y declaraciones aduaneras, promueve los actos de fiscalización que sean necesarios e intercambia información con otros países con los que se tienen celebrados convenios o tratados.

Cuando la UIF ya tiene pruebas suficientes, denuncia el delito a nombre de la Secretaría de Hacienda, y coadyuva en los procesos penales respectivos.

Pues el lunes el Presidente despidió al titular de esta Unidad porque a su boda invitó a personas que se supone está investigando y en su lugar designó a Pablo Gómez.

Conozco a Pablo desde hace 20 años, es implacable, bien por la UIF!

* Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Zacatecas