LA LEY NAHLE
Por: Arturo Nahle García
En 1917 el Constituyente de Querétaro estableció como requisitos para ser Presidente de la República, entre otros: ser mexicano por nacimiento e hijo de padres mexicanos por nacimiento, así como haber residido en el país el año anterior al día de la elección.
En 1994 Salinas de Gortari reformó el artículo 82 y desde entonces para ser Presidente se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento e hijo de padre “o” madre mexicanos (uno u otro) “y no necesariamente por nacimiento”, así como haber residido en el país al menos durante veinte años. Esta reforma tenía una clara dedicatoria, permitir que Pedro Aspe, Hank González o Vicente Fox (hijos de padres extranjeros) pudieran ser Presidentes.
Para ser Senador o Diputado Federal no se exige ser originario de la Entidad Federativa correspondiente, basta con tener residencia efectiva de más de seis meses anteriores a la elección.
Ahora bien, desde 1917 el artículo 116 establece que puede ser Gobernador de un Estado un ciudadano mexicano no nativo de él, pero sí con residencia efectiva no menor de cinco años anteriores al día de los comicios.
Hay 22 Estados perfectamente apegados a la Constitución, o sea que permiten ser Gobernadores quienes no hayan nacido ahí pero tengan residencia de 5 años (Baja California Sur, Campeche, Coahuila, CDMX, Chihuahua, Durango, Edomex, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, San Luis, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tabasco y Yucatán).
En Oaxaca la residencia se redujo a 3 años, pero en Tlaxcala se incrementó a 7 años, en Aguascalientes y Quintana Roo a 10 años, en Colima y Morelos a 12 años y en Baja California a 15 años.
Por ello ha habido y sigue habiendo muchos Gobernadores que no nacieron en los Estados que los eligieron, incluso que nacieron en el extranjero.
Pero hay tres Estados que evidentemente violan la Constitución porque para ser Gobernador exigen tanto haber nacido ahí como cierto tiempo de residencia: Chiapas, Veracruz y Zacatecas.
Veracruz lo resolvió parcialmente con la llamada “Ley Nahle”, convirtieron en veracruzanos a quienes no hayan nacido ahí pero tengan hijos veracruzanos, sin embargo subsistió el requisito adicional de la residencia; error, simplemente debieron cambiar una “y” por una “o” como está en la Carta Magna.
En Zacatecas pueden ser gobernadores los nacidos en otro lado “siempre y cuando sean hijos de padre o madre zacatecanos”, y la residencia se redujo a seis meses para beneficiar a los migrantes. Anticonstitucional !
Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Zacatecas



