LEY OLIMPIA EN ZACATECAS
Por: Isadora Santivañez Rios
La Ley Olimpia es una de las máximas protecciones jurídicas para la intimidad sexual de las personas, principalmente las mujeres, ya que penaliza la difusión no consentida de contenido íntimo a través de medios digitales, castigando la ciber violencia y protegiendo el derecho de los individuos a vivir su sexualidad de forma plena y segura. Para muchos podría parecer un tema sin relevancia, sin embargo en el mundo de la era digital en el que la interacción colectiva se ha vuelto más tecnológica, este tipo de regulaciones se vuelven extremadamente necesarias.
Un alto porcentaje de jóvenes en la actualidad, suelen tener manifestaciones sexuales a través de los medios digitales de forma regular, convirtiéndose esto en un practica cotidiana.
El sexting, por ejemplo, ha cobrado gran auge, este implica el envío o intercambio de imágenes, videos o mensajes de texto con contenido sexual explícito, mediante dispositivos electrónicos y estas acciones forman parte de las nuevas maneras de relacionarse íntimamente entre las personas.
Esta práctica como tal, no es un delito, es más bien una nueva forma de interactuar sexualmente hablando; sin embargo, no podemos negar la vulnerabilidad a la que pueden estar expuestos quienes la ejercen, ya que existen individuos que al tener en su poder contenido sexual íntimo de cualquier otra persona, pueden hacer un mal uso del mismo y ponen en riesgo no solo la integridad de la misma, también su estabilidad emocional, psicológica y física.
La Ley Olimpia en Zacatecas constituye un conjunto de reformas jurídicas que tipifican y sancionan la violencia digital como un delito, protegiendo principalmente la intimidad sexual de las personas ante la difusión de material íntimo sin consentimiento, considerando como un delito la grabación, distribución o difusión de imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante el engaño, el chantaje o la extorsión.
Esta Ley refleja un compromiso con la prevención y atención a la violencia digital buscando concientizar a las personas para garantizar un uso seguro y responsable de los medios digitales, creando un marco jurídico para sancionar prácticas delictivas que no estaban consideradas dentro de la Ley, promoviendo la educación digital, el entorno libre de cualquier tipo de violencia en contra de las mujeres y sentando un precedente para combatir la violación a la intimidad sexual, principalmente de las mujeres, por lo que esta ley ha sido uno de los principales marcos jurídicos de protección a la intimidad de las personas y Zacatecas fue el primer Estado de la República en legislar respecto a esta materia, a través de una iniciativa presentada por su servidora como un compromiso determinante en la defensa y protección de los derechos de las mujeres.
En la época de la globalización, la Inteligencia Artificial y el mundo digital, es sumamente necesario legislar respecto a estos temas, así como educar y concientizar a las nuevas generaciones de jóvenes sobre los riesgos en línea y el uso seguro de las plataformas digitales, entendiendo la interacción digital como una nueva forma de comunicarse y de realizar prácticas de convivencia social, íntima o sexual.
El tiempo de legislar sobre realidades ha llegado, ante sociedades cada vez más demandantes y exigentes, se requieren representantes que conozcan y entiendan las verdaderas problemáticas de los sectores a los que representan, los temas referentes a la protección de la intimidad sexual, principalmente de las mujeres y a la erradicación de la violencia en cualquiera de sus modalidades, es fundamental para construir sociedades más progresistas e incluyente.
Diputada Local