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Miscelánea

SEGURIDAD PÚBLICA: HACIA UN CONCEPTO INTEGRAL.
SEGUNDA PARTE: ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Aquiles González Navarro

“TIANGUIS JUDICIAL”: “Se está sobrecargando la Fiscalía General de la República (FGR) de casos susceptibles de trato especial. Un aire de tianguis judicial se puede encontrar en el ir y venir de propuestas de presuntos delincuentes de alto nivel político y económico, que regatean pagos e indemnizaciones a cuenta de saqueos y corrupción que cometieron, o que buscan plazos acortados de encarcelamiento y disfrute de sus riquezas mal habidas si es que cooperan con los supuestos propósitos justicieros de Alejandro Gertz Manero…”
“Parecen transitar sobre rieles de plena legalidad los expedientes y las negociaciones que buscan alcanzar a presas de mayor calado que los denunciantes y delatores, pero hasta ahora lo único que se ha visto, salvo el proceso especial dedicado a Rosario Robles, es una persistencia nefasta de aires de impunidad o cuando menos influyentismo en cuanto a Emilio Lozoya, Alonso Ancira, Salvador Cienfuegos y, ahora Emilio Zebadúa”
“ayer, Rosario Robles Berlanga, dos veces secretaria en el gabinete peñista, se quejó de que a ella no le están dando la misma atención y viabilidad que a otros presuntos infractores de la ley para acogerse a un “criterio de oportunidad…”
Estos párrafos corresponden a los comentarios del articulista de “La Jornada” Julio Hernández López (Astillero), del 4 de marzo pasado. Lo transcribo, pues Julio hace caricatura del procedimiento penal impuesto por Felipe Calderón y acordado con el gobierno norteamericano a través del comando norte en el Plan Mérida y que concluyó con los llamados juicios adversariales u orales, establecidos hoy en el Código Nacional de Procedimientos Penales.
Y, es que en el “Tianguis Judicial” o “el mercado”, como le llaman otros al procedimiento de origen estadounidense, todo es negociable:
Declaración de culpabilidad acompañada con dinero para el pago de la reparación del daño es el primer paso. Así, el procedimiento penal no concluye con el juicio oral pues se desvía a una salida lateral llamada “juicio abreviado”. Se omite el descargo de pruebas y, ya confeso el procesado, la conclusión del asunto queda a cargo del fiscal, quien prácticamente señala al juez la pena a imponer. Pena que depende de la “negociación” Defensor-fiscal, obviamente pena muy disminuida y costosa.

Para la historia quedó el estudio de la teoría del delito, que era indispensable para los abogados penalistas: Las excluyentes de responsabilidad penal, las atenuantes y las agravantes.
Para la historia las teorías criminológicas para la individualización de la pena.
Y para sorpresa: Si el procesado tiene a quien inculpar de algún delito de mayor dimensión que el cometido por él, se aprovechan los “criterios de oportunidad”: se convierte el procesado en “delator”, con el nombre de “Testigo Protegido”, tal como lo hizo Lozoya y a continuar el juicio en su casa, a la espera de una pena mínima y ridícula a pesar del grave daño económico al erario público. Más de cinco mil millones en el caso de la estafa maestra en que incurrieron conocidos universitarios y Rosario Robles; por ejemplo.
Esos criterios de oportunidad son los que busca Rosario Robles. ¿A quién inculpará para ella salvarse? A Peña Nieto? A Videgaray? …
Pues así funciona el nuevo (¿?) Sistema de Justicia Penal: la negociación que conduce inevitablemente a nuevas formas de impunidad.
Concluida la negociación, es el fiscal quien “sugiere” al Juez la sanción a imponer. Hay conocidos fiscales que se han enriquecido a través de este procedimiento.
La fórmula es: Inculpado-procesado-delator- testigo protegido.
¡la impunidad total…! La mejor invitación a delinquir.
Y, no es con más elementos de policía ni guardia nacional como lo plantean el Presidente de la República y el Gobernador, como podrá disminuir la comisión de delitos, pues esas fuerzas son de reacción, no de investigación. Las policías preventivas y Guardia Nacional, se encargan únicamente de vigilancia y disuasión. Cometido el delito corresponde a la policía ministerial (investigadora) y a la policía científica (peritos) entrar a escena, en tanto que las preventivas se convierten en meros auxiliares de los investigadores.
La Readaptación Social. Se considera como una forma importante de prevención del delito. El delincuente sentenciado puede ser rehabilitado según la moderna criminología, por lo cual nuestra legislación prohibía las penas inusitadas y trascendentes.
Hoy cuando se condena a algún delincuente que no tuvo dinero para acceder a los criterios de oportunidad, o por razones de publicidad en lo “justiciero” del sistema penal norteamericano; entonces la pena cae en el absurdo y en lo grotesco: 100 años de prisión y 150 más se dice. (Como ejemplo)
En un libro de derecho penal, se cita un letrero en la pared de una cárcel que dice: “Aquí por justa sentencia yace un ladrón principiante, que no robó lo bastante para probar su inocencia.”
En el sistema penal anterior (de origen francés), se procuraba la rehabilitación del delincuente. Hoy con el Sistema penal norteamericano, se negocia con el delincuente: declaración de auto culpabilidad+ más dinero+ información confidencial= testigo protegido e impunidad.
Finalmente es fundamental considerar la rehabilitación como un valor de confianza para la reinserción social del delincuente.
Capacitado para ejercer algún oficio al ser excarcelado, los organismos empresariales participan en calidad de empleadores.
Esperemos que pronto se abrogue ese Sistema Penal Norteamericano que es fuente de impunidad e incremento de la delincuencia en nuestro país.
Que pronto, lo que es pronto, los legisladores dejen avanzar el asunto de reglamentación de la cannabis o marihuana, pues la prohibición también es generadora de delincuencia y enfrentamiento entre grupos.