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Ley General de Aguas Nacionales, deuda del Congreso de la Unión

Por Claudia Edith Anaya Mota

El llamado estrés hídrico, entendido como el fenómeno en el que la demanda supera la cantidad de agua disponible o bien, su uso queda restringido, vivió una de sus mayores crisis el año pasado. De acuerdo al Consejo Nacional del Agua (CONAGUA), el año pasado, poco más de la mitad del país vivió la sequía entre extrema y moderada y la muestra de ello, recordemos, fueron las familias que habitan el Estado de Nuevo León, quienes padecieron las consecuencias de no contar con el vital líquido y tuvieron que racionalizar y disminuir su uso y consumo.

En el Programa Hídrico Nacional 2020 – 2024 que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado 30 de diciembre de 2020, Zacatecas junto a otras 9 entidades federativas, está considerada como una de los estados con alta vulnerabilidad a la sequía, debido a que según el documento, no ha existido una información suficiente a la población sobre el cuidado del agua y además, no se ha modernizado la infraestructura, lo que conlleva a la contaminación de los cuerpos de agua, inoperatividad de presas o bien, a conflictos sociales que impiden la explotación y aprovechamiento armónico del vital líquido.

Para Zacatecas, el año pasado CONAGUA calculó un déficit de aproximadamente 380 metros cúbicos de líquido, porque de los 34 acuíferos que tenemos, 19 tienen disponibilidad y el resto, están en déficit; los más sobreexplotados son los de Aguanaval, Calera y Chupaderos.

A esta problemática, se suma la omisión del Congreso de la Unión para emitir una reforma a la Ley de Aguas Nacionales que responda a los retos que enfrentamos como nación. Desde la emisión de la reforma constitucional del 8 de febrero de 2012 en materia de agua, se elevaron a rango constitucional los derechos humanos al acceso al agua y al saneamiento que quedaron plasmadas en la reforma del párrafo sexto del artículo 4° de nuestra Carta Magna y luego de ello, los legisladores se dieron un plazo de 360 días para construir una nueva Ley que atendiera el anterior principio, pero han pasado 10 años de ello y su discusión y aprobación, sigue pendiente.

Cabe mencionar que en este contexto, en 2022, once municipios del estado de Chihuahua interpusieron igual número de controversias constitucionales ante la Suprema Corte Justicia de la Nación y en cada una de ellas, la Corte les dio la razón y ha concluido que el Congreso está en desacato al no expedir la reforma en la materia y además, vulnera el derecho humano al agua, pero hay que reconocer que esta decisión vulnera las atribuciones constitucionales del municipio en materia de aguas, pues afecta su participacio´n en el acceso y uso sustentable de los recursos hi´dricos, así como su facultad de proveer a su poblacio´n los servicios pu´blicos de agua potable, alcantarillado y disposicio´n de aguas residuales.

Lo cierto es que, aunque han existido esfuerzos por parte de las Comisiones Legislativas de Agua y Medio Ambiente del Congreso en avanzar, no se concreta la construcción de una nueva Ley de Aguas.

Considero que la nueva legislación, debe responder no solo los retos que enfrentamos como sociedad ante el estrés hídrico, sino también, debe armonizar las normas con el resto de las leyes que ya hemos aprobado y que significan un avance para la ciudadanía. A modo de ejemplo, considero que la nueva legislación, debe promover un sistema de monitoreo eficaz para los títulos de aprovechamiento de agua, para que sean revisados constantemente, porque resulta escandaloso que acorde con el Instituto Mexicano de la Competitividad, el 97% de las concesiones no tienen medidor y el 93% no han sido verificados, lo que fomenta la sobreexplotación y las tomas clandestinas.

Aunque la emisión de una nueva Ley de Aguas Nacionales no resolverá el reto que enfrentamos, sí brinda un marco regulatorio y de acción hacia el establecimiento de sistemas de agua que efectivamente pueda planear y garantizar el acceso al agua para todas las familias de Zacatecas y de todo México.

*Senadora de la República.