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El gobierno de un déspota

Por: Claudia Anaya Mota

Los regímenes democráticos se caracterizan primordialmente por contar con un sistema de división de poderes y de contrapesos que puedan garantizar que ningún poder está por encima de otro, o bien, que los tres se concentren en una sola persona.

Al mismo tiempo, en la democracia se fomenta la libre expresión de las ideas y en años recientes, se ha fortalecido los derechos al acceso a la información pública, a la transparencia y a la protección de datos personales, pues son elementos imprescindibles para que el ojo ciudadano pueda conocer y evaluar el desempeño de las autoridades y gobiernos que los representen sin ningún temor a recibir represalias.

En nuestro país, existe la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y además, contamos con un órgano autónomo responsable de garantizar dichos derechos y es el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) que se encarga de promover el acceso a la información pública, supervisar la transparencia gubernamental, garantizar la protección de datos personales, resolver controversias relacionadas con el incumplimiento de obligaciones de transparencia, y proporcionar capacitación y asesoría en materia de transparencia y protección de datos. Como organismo autónomo, el INAI desempeña un papel crucial en fortalecer la rendición de cuentas y proteger los derechos de las personas en cuanto a la información pública y la protección de sus datos personales. Particularmente de este último tema quiero hablarles.

El derecho a la protección de los datos personales es un derecho humano reconocido en el artículo 16 de nuestra Constitución y existen diversas leyes que regulan este derecho. En el ámbito privado existe la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y en el ámbito público existe la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO). En ambas legislaciones, existen principios que rigen el tratamiento de datos personales por parte del responsable de salvaguardar los datos de una persona.

Los principios y derechos de protección de datos personales son aplicables a los responsables de su tratamiento y son: I) Licitud, que se refiere a que los datos personales deben ser usados con fines legales conforme a las leyes mexicanas; ii) Consentimiento, se refiere al permiso que brinda una persona al responsable de dar a conocer sus datos o no; iii) Información, que se refiere al conocimiento que tiene una persona respecto del manejo de sus datos a través del aviso de privacidad; iv) Calidad, que significa que todos los datos son verdaderos y actualizados; v) Lealtad, donde se establece la obligación de tratar los datos personales privilegiando la protección de los intereses del titular y vi) Responsabilidad, que no es otra cosa que salvaguardar la identidad de quienes preguntan.

Lamentablemente, el titular del Poder Ejecutivo Federal ignoró completamente los principios y normas legales que rigen en nuestro país al dar a conocer el número telefónico de una periodista del Periódico The New York Times, quien solicitó su postura sobre un supuesto involucramiento del presidente con integrantes del crimen organizado. Se justificó bajo el argumento de que: "No puede haber ninguna ley por encima de un principio sublime que es la libertad".

Lo cierto es que, la libertad tiene sus propios límites en la responsabilidad con la que ejercemos la misma y no existe persona o moral que se ubique por encima de la Ley, porque si alguien se siente lastimado en su persona, existen los mecanismos para resolver estas controversias en el marco de nuestra legislación vigente.

Desafortunadamente, estas y otras acciones del Primer Mandatario, lo han revelado en su esencia pura: Un déspota, es decir, como aquella persona que gobierna sin sujetarse a ley alguna.

*Senadora de la República.
*Secretaria de la Mesa Directiva del Senado de la República