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Beatriz Rosas Murillo

Prima vacacional

Los empleados tienen derecho a recibir una prima vacacional equivalente al menos al veinticinco por ciento de sus salarios durante su período de descanso. Es importante destacar que para acceder a este beneficio es necesario haber cumplido un año en la empresa o lugar de trabajo.

La prima vacacional es una cantidad adicional que se paga para el disfrute de las vacaciones. Cuando se cumpla un año de servicio, se tendrá derecho a 6 días de vacaciones por lo menos.

Este concepto surgió en la Ley Federal del Trabajo en su reforma del año de 1970, con el objetivo de recompensar a los colaboradores por su tiempo como parte de una empresa y como una ayuda hasta encontrar otro empleo, en el caso de que el despido fuese injustificado, la prima de antigüedad es una gratificación que el empleador entrega a sus trabajadores.

El pago se debe al tiempo en el que estuvieron prestando sus servicios a la empresa.

Este derecho está previsto en el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

La prima de servicios, es un derecho del trabajador por tiempo laborado en el semestre, pago que corresponde a 30 días de salario por año, que se debe reconocer en dos pagos: la mitad máximo el treinta de junio y la otra mitad a más tardar los primeros 20 días del mes de diciembre.

También, de acuerdo con las políticas de cada organización las primas vacacionales pueden depositarse de dos formas distintas.

Por un lado, en el momento que los trabajadores cumplan su año de servicio o decidan tomar sus vacaciones.

El no pago de la prima de servicios a un trabajador, puede traer como consecuencia la imposición de multas de 1 a 5000 salarios mínimo vigentes en el Estado, y a su vez, puede generar que los jueces del trabajo ordenen el pago de la prima vacacional o en su caso la indemnización, moratoria que corresponde a un día de salario por cada día de mora que incurra la parte patronal.

En relacion al incumplimiento de otorgar la prima vacacional, los empleados que no la reciben en los tiempos señalados por la Ley Federal del Trabajo, no denuncian este incumplimiento a sus derechos laborales.

Abogada y Maestra de Telesecundaria