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Blanco o Negro.
Por: Jenny González Arenas.

Las grandes transformaciones jurídicas que, para bien o para mal, ha sufrido nuestro país en los últimos años, incluida la reciente reforma al Poder Judicial, han marcado significativamente el rumbo en el que se imparte la justicia en nuestro país.

Sin juzgar si el modelo anterior era bueno o malo - porque eso es algo que el simple paso del tiempo irá poniendo en su justa dimensión - debemos decir que el Estado Mexicano ha roto paradigmas fuertemente establecidos en nuestro país, pero no ha logrado erradicar de fondo las causas de muchos problemas sociales que nos aquejan.

Entre la violencia y la pandemia, se han tenido que aplicar diversas ponderaciones de derechos que luego son cuestionadas de autoritarias, de equivocadas, incluso de irracionales, pero ese tampoco es el tema a discusión en las presentes líneas, puesto que uno de los puntos en el que se centra el cambio de paradigma jurídico radica en la aplicación e interpretación de la ley.

No todo es blanco o negro, la ley tampoco lo es, lo que ha provocado que se tenga que ir transformando la manera, no solo en la que se elabora la norma jurídica, sino en que se aplica e interpretan los ordenamientos legales.

La incorporación de los Derechos Humanos a la constitución y el rango que ocupan los tratados internacionales de la materia dentro de nuestro sistema jurídico han provocado que la labor jurisdiccional sea más compleja de lo que antes era, puesto qué hay muchos factores que influyen ahora en la toma de decisiones individualizadas de aplicación normativa que antes existían, pero ocupaban un peso menor en la decisión judicial.

Dentro de toda esta transformación jurídica, se ha incorporado nuevos conceptos a la labor jurídica cuyos alcances no se desconocen, pero si generan diversas interpretaciones de parte de quienes no tienen el perfil jurídico o no comparten la opinión de las sentencias.

Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la inconstitucionalidad de la criminalización del aborto y con dicha resolución muchos colectivos pro y contra aborto salieron a manifestar su opinión sobre la decisión.

No estoy a favor ni en contra del aborto, estoy a favor de la decisión de la Suprema Corte.

En primer lugar, lo que la Corte hizo fue declarar la inconstitucionalidad de un artículo del Código Penal de Coahuila que imponía una sanción privativa de la libertad a quien de forma voluntaria interrumpiera el embarazo o a quien obligare a que alguien interrumpiera el embarazo.

En ninguna parte de la resolución se establece que se de carta abierta a todas las mujeres para que aborten libremente sin restricción alguna, así como tampoco se obliga a todo el personal de salud a que practique abortos de forma obligatoria.

Lo que la SCJN señala en su resolución es que el aborto no debe ser castigado con pena privativa de la libertad de forma “absoluta”.

Es en esta palabra en donde todas las personas debemos poner especial atención, puesto que la SCJN se esta pronunciando por un estudio detallado de cada caso en particular, no todas las mujeres que se practican un aborto pueden ser tratadas de la misma manera puesto que no todas las circunstancias de aborto obedecen a las mismas condiciones ni a las mismas oportunidades de acceso a servicios de salud, a educación sexual, a libertad sexual y mucho menos a autonomía de la voluntad.

Existen estudios que demuestran en nuestro país que gran cantidad de mujeres que se encuentran cumpliendo una sentencia por haber abortado son mujeres que se encontraban en condición de pobreza o indígenas o que la falta de acceso a servicios de salud no sabían que estaban embarazadas producto de una violación incluso por su cónyuge o concubino.

En tal sentido, criminalizar todos los abortos, como si todo fuera blanco o negro, contribuía a que las mujeres fueran víctimas de una doble o triple victimización, situación que debe evitarse a toda costa, derivada de la interpretación sistemática del artículo primero de la Constitución.

No se trata de dar carta abierta, ni de promover el aborto. Esta decisión de la Corte debe ser tomada como un llamado de atención urgente para el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo, tanto federal como en los Estados, para que se implementen políticas públicas de educación sexual y para que los legislativos de cada estado asuman con responsabilidad la tarea de crear leyes que no discriminen de forma sistemática a ningún sector de la sociedad.