Skip to main content

Combate a la corrupción en los tiempos del COVID-19
Luis Noé Maldonado Sánchez
En México, desde el 19 de marzo de 2020 el Consejo de Salubridad General reconoció como enfermedad grave la generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) y el 30 de marzo de 2020 publicó la declaratoria como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el mismo virus, con el propósito de proteger la salud de los mexicanos. A partir de entonces, el Poder Ejecutivo Federal y los correspondientes a los Estados, han emitido decretos y acuerdos por los que se declaran acciones extraordinarias en materia de salubridad general para combatir esta enfermedad, tales como la sana distancia, la reducción de la prestación del servicio público de transporte, la suspensión de eventos públicos de concurrencia masiva, la implementación de filtros sanitarios, todos con la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del virus y la muerte en la población nacional. En consecuencia, muchas actividades económicas y gubernamentales no consideradas como esenciales han dejado de funcionar, o por lo menos no funcionan con normalidad. Si bien las actividades que realizan dependencias y entidades de gobierno, particularmente las que integran el Sistema Nacional Anticorrupción, no son consideradas como esenciales en términos de los referidos acuerdos y decretos, entre ellas la que realiza la Auditoría Superior de la Federación, la Fiscalía Especializada de Combate a la Corrupción, la Secretaría de la Función Pública, el Consejo de la Judicatura Federal, así como, las realizadas por el Comité de Participación Ciudadana, del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales y del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, así como el Comité de Participación Ciudadana y los Sistemas Locales Anticorrupción que se integran y funcionan de manera similar; vale la pena reflexionar si de plano el combate a la corrupción en México se encuentra en estado de shock. El 27 de marzo de 2020 la Secretaría de la Función Pública federal anunció que mantendrá vigilancia sobre compras públicas y recepción de denuncias durante la contingencia por COVID-19, y el 16 de abril emitió su nuevo reglamento interior para reforzar el combate a la corrupción y a la impunidad; en abril, los integrantes de algunos Comités Coordinadores de Sistemas Locales Anticorrupción y sus Comités de Participación ciudadana, han sesionado de forma virtual y tomado acuerdos; por lo que se da a conocer a través de los diversos medios de comunicación impresos y digitales, se ve que las instituciones que participan en el combate a la corrupción funcionan, por un lado resuelven los asuntos que exigen acuerdos en sesiones ordinarias o extraordinarias de sus órganos de gobierno o en su caso de los comités constituidos para ello, y por otro lado no abandonan las actividades preventivas vinculadas al combate a la corrupción. Buena decisión del Sistema Nacional y los Locales Anticorrupción de no abandonar la responsabilidad tan grande que les ha sido confiada. Si bien se han respetado las medidas para garantizar la prevención, mitigación y control de riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus SARS Covid 2 (COVID-19) incluso algunas instituciones han emitido además, acuerdos para suspender plazos y términos legales para la instauración y substanciación de procedimientos administrativos o de naturaleza jurisdiccional, ello no ha implicado que las instancias de gobierno que participan en el combate a la corrupción se detengan. Pudiéramos decir entonces que, si bien el combate a la corrupción en los tiempos del COVID-19 en México no recibe en el tiempo y la forma acostumbrados el aporte de insumos para realizar acciones de prevención, detección y sanción de la corrupción, sus órganos siguen funcionando y están muy lejos de que se produzca un fallo en ellos. Esto hasta hoy, veamos que sucede en mayo de 2020.
Maestro en Finanzas.