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PRESUPUESTOS CON PERSPECTIVA DE GÉNERO

Por: Isadora Santivañez Ríos

A lo largo de los años los presupuestos han tenido varias modificaciones respecto a su deber ser, anteriormente, los presupuestos eran algo que correspondía única y exclusivamente a los gobiernos y al poder legislativo, posteriormente comenzaron a socializarse, para de esta manera generar programas anuales de trabajo y planes de desarrollo con un enfoque participativo y ciudadano, en donde fueran los habitantes de las comunidades y quienes son los principales contribuyentes de la economía de las administraciones, los que decidieran en qué utilizar el recurso que se le otorgaba a los municipios, estados o a la federación, es así como comenzaron a surgir los llamados presupuestos participativos; sin embargo, con el desarrollo social y con la implementación de visiones inclusivas y holísticas, se empezó a hablar de los presupuestos transversales, los cuales, en la actualidad, son obligatorios para casi todos los gobiernos del mundo.
Los presupuestos transversales tienen como objetivo identificar y clasificar la porción de recursos destinados a la atención de grupos específicos de la población, por lo que abarcan diversas temáticas como mujeres, jóvenes, indígenas, niños, niñas y adolescentes, personas de la tercera edad, entre otras. A partir del 2018, la transversalidad en los presupuestos es obligatoria para todas las administraciones del país, por lo que dentro de la elaboración de los planes de desarrollo deben contemplarse partidas presupuestales pertenecientes a diferentes ramos de gastos y operadas por distintos organismos responsables, es decir, en el caso del grupo vulnerable de desigualdades sociales existentes entre hombres y mujeres, el presupuesto destinado a combatirlas, se encontrará distribuido en las diversas áreas de la administración pública, no exclusivamente en las direcciones o en los institutos de la mujer.
Desde esta perspectiva, es importante enfocar el discurso y las acciones en los llamados presupuestos públicos con perspectiva de género, los cuales son herramientas de las políticas públicas que buscan contribuir en lograr la igualdad sustantiva, comúnmente, en la esfera pública, se dice que el amor se refleja en el presupuesto, por lo que es importante que las administraciones tanto federales, como estatales y municipales, busquen la manera de etiquetar recurso destinado a mejorar las condiciones de los sectores más vulnerables, como lo son los jóvenes, las mujeres, las personas con discapacidad, los adultos mayores, entre otros.
En este momento enfocaremos nuestros esfuerzos a los presupuestos destinados a atender las necesidades específicas de las mujeres y contribuir a la reducción de las desigualdades de género aún existentes en nuestro país.
La razón es simple, es nuestra obligación y responsabilidad contar con presupuestos que promuevan el empoderamiento económico de las mujeres, así como favorecer el desarrollo y las relaciones igualitarias entre mujeres y hombres, pero muchos se preguntarán, si lo que se busca es la igualdad, entonces ¿por qué se etiqueta recurso específicamente para un género y no para ambos?, la respuesta es sencilla, porque históricamente, las brechas sociales entre ambos géneros han beneficiado y favorecido más el patriarcado dominado por los hombres, dejando en condiciones de vulnerabilidad al género femenino, y no podemos olvidar, el hecho de que los presupuestos transversales, tienen como finalidad, buscar disminuir o eliminar la segregación de los grupos relegados a través de la historia, esa es su razón de ser.
Por tal motivo, es importante asimilar que este tipo de presupuestos sirve para reconocer las desigualdades entre hombres y mujeres, así como entre los diversos grupos de mujeres (rurales, indígenas, profesionistas, etc.), además, contribuyen a lograr la consolidación del marco jurídico para la protección de los derechos humanos de las mujeres, ya que tanto la Ley de Planeación , la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) establecen que, el proceso de la política pública debe tener incorporada, de manera obligatoria, la perspectiva de género.
Además, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2013-2018, establece como una de sus tres estrategias transversales, la perspectiva de género. De esta estrategia, se deriva el Programa Nacional para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (PROIGUALDAD) 2013-2018, para el logro de la igualdad sustantiva en las políticas públicas, el cual tiene como prioridades: alcanzar la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres, erradicar la violencia contra las mujeres y facilitarles el acceso a la justicia, favorecer la posibilidad de las mujeres de acceder a un trabajo remunerado y digno, lograr un desarrollo social y bienestar de la mujer, mantener entornos seguros y sensibles al género, así como incorporar la transversalidad de la perspectiva de género en todos los niveles de gobierno.
En resumen, los presupuestos con perspectiva de género, son obligados y su incumplimiento, debe ser sancionado.